Modificación al reglamento de propiedad horizontal ph vigente
Para la remodelación de las porterías en la agrupación 1 y 2, el conjunto, tuvo que comprar dos parqueaderos en el año 2013, desde este año existe una deuda por impuestos prediales ante el ministerio de hacienda y además figuran como áreas privadas, con la aprobación en esta asamblea se debe corregir esta situación, pagar lo que se debe y pasar de áreas privadas a comunes.
Proyecto de obra
Se aprobó el proyecto de remodelación para las porterías de las agrupaciones 3 y 4, así como la solicitud a curaduría de la respectiva licencia de remodelación.
Desgaste administrativo
Para las tutelas instauradas por propietarios o residentes en contra de la copropiedad, serán recepcionadas, respondidas, presentadas y sustentadas ante el ente judicial.
Cuando la sentencia o dictamen salga a favor de la copropiedad, los costos de honorarios de abogado y demás serán cobrados a los demandantes, dichos valores ingresaran a la cuenta del conjunto.
Cartera
Se aprobó un descuento de hasta el 50% de intereses por pago total de la deuda y descuento de honorarios jurídicos al 15%, para pago de contado con fecha límite el 30 de junio de 2024.
Multa de una cuota de administración por infringir el reglamento
- A propietarios y residentes por consumir licor en areas comunes. Como son: plazoletas de locales comerciales, senderos peatonales, sótanos, escaleras de interiores, bio saludable, etc., contemplado en el articulo 26, numeral 2, del reglamento de propiedad horizontal ph.
- A propietarios y residentes por dejar objetos en las zonas de parqueaderos, como: llantas, escombros, bicicletas y cualquier objeto diferente a un vehículo automotor, contemplado en el articulo 136 del reglamento de propiedad horizontal ph.
- A propietarios y residentes que laven vehiculos, motos, o realicen reparaciones tecnomecanicas en los parqueaderos, contemplado en el artículo 135 del reglamento de propiedad horizontal ph.
- Por no recoger las necesidades fisiológicas de las mascotas en areas comunes como: plazoletas de locales comerciales, senderos peatonales, escaleras de interiores, bio-saludable, parques de los niños, tanques de agua, sótanos, etc., Contemplado en el artículo 106 y 26 numeral 6 y 7 del reglamento de propiedad horizontal ph.
- Por llevar las mascotas sin la tradilla, correa o bozal, en areas comunes, contemplado en el artículo 108 del reglamento de propiedad horizontal ph.
Aprobacion de venta por chatarra
De las bicicletas recogidas en áreas comunes y no reclamadas, se reinvertirá en la compra de mesas plásticas para los salones sociales de las agrupaciones 1 y 2.